ANA HA PRESENTADO SUGERENCIAS a un proyecto de Planta Solar Fotovoltaica (PSFV) en Vejer de la Frontera, promovido por ABEI ENERGY CSPV TWO, S.L. – Expte. MR.- 16/20 de la Delegación Territorial de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía en Cádiz, que se pretende localizar al suroeste de la zona de la Muela, a ambos lados del trazado de la carretera N-340 y la autovía A-48, y no muy lejos de un parque solar ya existente.

El proyecto ha sido presentado para Consulta Previa con el nombre “PSFV ARCOS DE LA FRONTERA 1”, en el término municipal de Vejer de la Frontera, promovido por empresa ABEI ENERGY CSPV TWO, SL, empresa que tiene otros dos proyectos más en tramitación con este mismo nombre, en el término municipal de Medina Sidonia.
El escrito que ANA ha presentado contiene sugerencias e información de carácter ambiental para que sean tenidas en cuenta en la elaboración del proyecto y del correspondiente estudio de impacto ambiental. En él hemos repetido algunas consideraciones ya comentadas en escritos de sugerencias a otros proyectos de Plantas Solares Fotovoltáicas en la comarca:
– Es del todo necesaria una planificación territorial y tecnológica. Hay que regular la implantación de este imprescindible recurso energético, su distribución ordenada, corrigiendo impactos ambientales y sociales.
– En estas circunstancias resulta del todo inadecuado proceder a evaluar las repercusiones ambientales de este proyecto de manera aislada y segregada de los demás proyectos que afectan tanto a la comarca de La Janda, como a la provincia de Cádiz.
– La instalación fotovoltaica debe compatibilizarse con la conservación de la biodiversidad y los usos tradicionales por parte de la población.
– Se debe de tener en cuenta la Estrategia de Paisaje de Andalucía que pone un énfasis especial en el paisaje como un activo para el desarrollo sostenible y la competitividad de Andalucía, capaz de contribuir a la creación de renta y empleo.
– Hemos recordado por su interés las trece recomendaciones hechas públicas por la Unión Española Fotovoltaica, pidiendo que en la redacción definitiva de este proyecto se cumplan todas y cada una de estas recomendaciones.
– Volvemos a manifestar que para la implantación de este tipo de instalaciones de producción eléctrica sería necesario realizar un cambio en la clasificación urbanística de los terrenos afectados, de Suelo No Urbanizable común a Suelo compatible con instalaciones Industriales, o directamente como suelo industrial. En este sentido reiteramos la necesidad de realizar una planificación territorial y tecnológica, al menos de ámbito provincial o comarcal, con anterioridad a la implantación de los múltiples Parques Solares Fotovoltaicos que actualmente se están tramitando.

Y sobre las características de este proyecto concreto hemos dejado constancia de:
– El nombre de Planta Solar Fotovoltaica «Arcos de la Frontera 1» resulta extraño para la localización prevista. Además hay un problema de confusión dado que hay tres proyectos con el mismo nombre, y promovidos por la misma empresa, pero localizados en tres lugares diferentes, dos en Medina Sidonia y uno en Vejer. En el caso de este proyecto quizá su verdadero nombre pueda ser el de «ZUMAJOS 2», como aparece en algún plano.
– Se observa contradicción entre las coordenadas que aparecen en el apartado de “Emplazamiento / localización” y la localización de la planta según los planos. Las coordenadas remiten a un punto situado a algunos kilómetros al norte, junto a la antigua carretera que discurre por la zona de La Muela, mientras en los planos la sitúan a ambos lados de la N-340 y la A-48, lo que deja claro que hay un error en aquellas.
– En el documento que se ha podido consultar hay una preocupante falta de contenidos y de Informaciones básicas. Nos preocupa que se estén tramitando proyectos tan importantes como éste con este tipo de documentación técnica tan insuficiente. La tramitación de este tipo de proyectos debería ser algo más serio. NO HEMOS TENIDO ACCESO a la Memoria Resumen del proyecto, sino solamente al documento “INFORME DE PRODUCCIÓN DE ENERGÍA” que bajo ninguna de las maneras posibles se puede considerar una Memoria Resumen de un Proyecto.
– No hay datos sobre el uso de los suelos afectados, tampoco de las actividades que sobre ellos se desarrollan actualmente. Hay también una total falta de información ambiental relevante en lo que afecta a los suelos afectados y a su entono inmediato, y respecto de la actividad que se pretende implantar.
– En la documentación aportada no se hace mención alguna a la existencia ó no, en la finca o en su perímetro, de Vías Pecuarias, Yacimientos Arqueológicos, cauces de ríos y arroyos, vegetación y arbolado, etc.

– Hay una ausencia total de referencias a las determinaciones y afecciones del Planeamiento Territorial y Municipal vigente. No hay la más mínima referencia a las determinaciones o condicionantes de la normativa que puedan afectar a este proyecto. Ni una sola mención a los suelos que puedan estar protegidos.
– La cartografía que se incluye en los documentos consultados es insuficiente y no tiene la suficiente calidad/detalle.
– No se aclara en qué lugar se situaría el acceso o los accesos a la futura central solar, ni como se canalizarán los tráficos rodados hacia la parcela y donde se realizarán las conexiones con el viario del entorno.
– No se aporta ningún dato sobre la forma en la que se pretende realizar el vallado perimetral de la central. Tampoco hay ninguna información sobre las obras de infraestructura y las edificaciones complementarias que va a ser necesario realizar.
– No hay ninguna referencia a cuál será la vida útil de la planta, y sobre la forma en la que realizará el desmantelamiento una vez cumplido el plazo.
– Tampoco hay datos sobre el trazado y lugar de conexión de las vías de evacuación de la energía eléctrica producida.
– El consumo de agua de esta planta es un dato desconocido.

Por todo lo expuesto en nuestro escrito hemos SOLICITADO
– Que se protejan los bienes básicos que pueden estar amenazados: el suelo y el paisaje. Pedimos una moratoria hasta en tanto y en cuanto no se apruebe por parte de la Junta de Andalucía un Plan de Ordenación Territorial y Tecnológico.
– Que se proceda a la devolución de la solicitud motivando la imposibilidad de tramitación, ya que no es posible solicitar la emisión de informe, ni aportar las sugerencias e información de carácter ambiental que deban ser tenidas en cuenta para la elaboración del estudio de impacto ambiental sin que se haya presentado una verdadera Memoria Resumen del proyecto de la actuación pretendida.
Finalmente nos hemos ofrecido a la Delegación Territorial de la Consejería en Cádiz para cualquier aclaración o explicación complementaria sobre las Sugerencias e Información expresadas.