Acebuchales de la Campiña Sur de Cádiz

Acebuchales de la Campiña Sur de Cádiz

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Núm. 51

16 de marzo 2015

Por Decreto 1/2015, de 13 de enero, se declara la Zona Especial de Conservación de la Red Ecológica Europea Natura 2000 Acebuchales de la Campiña Sur de Cádiz (ES6120015)

El espacio natural denominado «Acebuchales de la Campiña Sur de Cádiz» está situado al suroeste de provincia de Cádiz, entre los ámbitos serrano y litoral suratlántico, en la comarca de La Janda, abarcando su ámbito territorial terrenos de los municipios de Alcalá de los Gazules, Medina Sidonia, Chiclana de la Frontera, Conil de la Frontera, Vejer de la Frontera y Barbate.

Este espacio toma su nombre de las formaciones vegetales más representativas, que son las masas de acebuchales y, en menor medida, los alcornocales, lentiscares, pastizales, pinares, sabinares, matorrales halofíticos, bosques de ribera y formaciones palustres.

Tiene valores faunísticos muy relevantes, representando un importante área de dispersión y asentamiento de una gran variedad de rapaces forestales, en especial, de la población reproductora de águila imperial ibérica (Aquila adalberti) de Doñana y del águila perdicera (Hieraaetus fasciatus), además de albergar poblaciones de aves esteparias de interés para la conservación como el cernícalo primilla (Falco naumanni), el aguilucho cenizo (Circus pygargus) y el sisón común (Tetrax tetrax).

La presencia en «Acebuchales de la Campiña Sur de Cádiz» de hábitats naturales y de hábitats de especies incluidos, respectivamente, en el Anexo I y Anexo II, de la Directiva 92/43/CEE, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres, justificó su inclusión en la lista de Lugares de Importancia Comunitaria de la Región Biogeográfica Mediterránea aprobada inicialmente por Decisión de Ejecución de la Comisión Europea de 19 de julio de 2006 y actualizada mediante sucesivas Decisiones de Ejecución, hasta la más reciente de 7 de noviembre de 2013.

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– ZEC Acebuchales de la Campiña Sur de Cádiz (ES6120015): destacan los hábitats de carácter prioritario «Dunas litorales con Juniperus spp (2250)», «Dunas con bosques de Pinus pinea y/o Pinus pinaster (2270)», «Lagunas y charcas temporales mediterráneas (3170)» y «Pastizales xerofíticos mediterráneos de vivaces y anuales (6220)». Además, también tienen especial relevancia por su importancia en la gestión del espacio otros hábitats tales como «Dunas con vegetación esclerófila de Cisto-Lavanduletalia (2260)», «Matorrales termomediterráneos y pre-estépicos (5330)», «Dehesas perennifolias de Quercus spp. (6310)» y «Bosques de Olea y Ceratonia (9320)». Así mismo, entre las especies cabe destacar Discoglossus jeanneae.

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El Decreto establece que la administración y gestión de estas ZEC corresponde a la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la Consejería con competencia en materia de medio ambiente, y que para el desarrollo de estas funciones, dicha Consejería estará asistida por los Consejos Provinciales de Medio Ambiente y de la Biodiversidad que correspondan, de acuerdo al ámbito territorial de cada ZEC.

En cuanto al procedimiento seguido, conforme a lo establecido en el artículo 2.1.d) de la Ley 2/1989, de 18 de julio y en los artículos 42.3 y 44 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, el presente Decreto ha sido informado por los Consejos Provinciales de Medio Ambiente y de la Biodiversidad de Cádiz, Huelva, Málaga y Sevilla y el Comité de Acciones para el Desarrollo Sostenible y otros centros directivos en razón de su competencia, sometido a los trámites de audiencia a los interesados, información pública y consulta de los intereses sociales e institucionales implicados, incluidas las Corporaciones Locales, y de las asociaciones que persiguen el logro de los principios establecidos en el artículo 2 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre.

En cuanto a la estructura del presente Decreto, éste se divide en siete artículos, una Disposición Derogatoria, dos Disposiciones Finales y cuatro Anexos.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, conforme a lo dispuesto en los artículos 27.9 y 44.1 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 13 de enero de 2015,

D I S P O N G O

Artículo 1. Declaración de Zonas Especiales de Conservación

Se declara la Zona Especial de Conservación (en adelante ZEC) Acebuchales de la Campiña del Sur de Cádiz (ES6120015)….

http://www.juntadeandalucia.es/eboja/2015/51/BOJA15-051-00087-4362-01_00065600.pdf