B.O.P. DE CADIZ NUM. 224
24 de noviembre de 2010
AYUNTAMIENTO DE MEDINA SIDONIA
EDICTO
El Excmo. Ayuntamiento-Pleno, reunido en sesión ordinaria celebrada el 15.07.2010, aprobó definitivamente la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento nº 27, con el objeto de innovar las condiciones particulares para las estaciones de servicio, instado por D. Salvador Núñez Serrano, consistente en la eliminación del apartado d) del artículo 9.2.1.3.5 de las actuaciones relacionadas con las infraestructuras, quedando el mismo redactado como sigue:
“Art. 9.2.1.3 Condiciones para las obras de edificación.
Apartado 5. Para las estaciones de servicio se establecen las siguientes condiciones particulares:
a) Se podrán instalar siempre y cuando se justifique por su relación con una vía de tráfico interurbana.
b) La parcela mínima para poder instalarse es de diez mil (10.000) metros cuadrados.
c) Las edificaciones se retranquearán de los linderos un mínimo de 25 metros, sin perjuicio de lo que exija el organismo competente de la carretera de que se trate en virtud de su legislación específica.
d) La superficie cubierta no cerrada no será superior a doscientos (200) metros cuadrados y la cerrada a cien (100) metros cuadrados.
Lo que SE HACE PUBLICO para general conocimiento.
Medina Sidonia a 14 de octubre de 2010.
EL ALCALDE-PRESIDENTE.
FDO.: FRANCISCO CARRERA CASTILLO.
Nº 13.541