ANA, en el caso de la Iglesia de San Agustín

Logo ANA 14,7KBANA, en el caso de la Iglesia de San Agustín, se pregunta ¿Cómo es posible que un Bien catalogado y protegido con el máximo nivel en el PEPRICH se pueda derrumbar?

Nota de Prensa – 15 de mayo de 2013

La Asociación de Amigos de la Naturaleza entiende que se deben de asumir responsabilidades, y comprende y apoya las múltiples muestras de indignación que se están expresando por el derrumbamiento de parte de la Iglesia de San Agustín en Medina Sidonia.

Al igual que muchos otras personas y colectivos, desde ANA lamentamos profundamente lo ocurrido y, tras leer notas de prensa, declaraciones, los muchos comentarios efectuados en redes sociales, como Facebook, y la opinión de nuestros socios, nos gustaría centrar la cuestión en lo que entendemos es el verdadero problema de lo que ocurre, no sólo en Medina Sidonia, y que no es otro que el incumplimiento de la legislación vigente por los propietarios de inmuebles y la dejadez de administraciones públicas y responsables políticos en la obligación de cumplirla y hacerla cumplir.

San Agustín 3

Desde ANA nos hacemos muchas preguntas, aunque somos conscientes de que posiblemente tendremos muy pocas respuestas, a modo de ejemplo:

¿Los propietarios o, en su caso,  los titulares de derechos reales o poseedores de la Iglesia de San Agustín, han cumplido la legislación vigente?

¿El Ayuntamiento, previo requerimiento a los interesados, ordenó la ejecución subsidiaria de las obras necesarias para la más eficaz conservación de la Iglesia de San Agustín?

¿Cuál es el motivo por el que no se ha considerado causa significativa de interés social para la expropiación por la administración, el incumplimiento de las obligaciones de conservación y protección establecidas y el sabido peligro de destrucción y evidente deterioro?

¿Se han sancionado las infracciones que se han podido producir por incumplimiento de los deberes de conservación y protección de la Iglesia de San Agustín?

¿Conoce el Ayuntamiento cuales son las sanciones establecidas en la vigente legislación de protección del patrimonio?

¿Se van a exigir las responsabilidades a que pudiesen dar lugar?

¿Se van a abrir diligencias para determinar la posible comisión de infracciones y/o delitos?

España es un Estado de Derecho y tiene abundante legislación, suficiente para atender necesidades como la protección de nuestro valioso Patrimonio Cultural, por ello y cuando suceden hechos como el que ahora lamentamos nos preguntamos, ¿Dónde está el problema? Nosotros pensamos que el reiterado incumplimiento de la Ley.

El Conjunto Histórico de Medina Sidonia está declarado BIC, la aplicación de lo establecido en la vigente legislación de protección del patrimonio, en leyes estatales y autonómicas, en este caso, ha quedado recogido en el llamado Plan Especial de Protección y Reforma Interior del Conjunto Histórico de Medina Sidonia (PEPRICH), un documento aprobado definitivamente por el Ayuntamiento, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz y vigente desde hace seis años, el cual entre otras cosas dice:

San Agustín 5Artículo 5.9.- Deberes de conservación del patrimonio arquitectónico. – 1.- Los edificios catalogados, sus elementos y partes, deberán ser conservados por sus propietarios o, en su caso, por los titulares de derechos reales o poseedores de tales bienes.

Por tanto: ¿Cómo es posible que un Bien catalogado y protegido con el máximo nivel se pueda derrumbar sin que se haya tomado ninguna medida para evitarlo? Y no entendemos las negociaciones del Ayuntamiento con la propiedad a fin de llevar a cabo una permuta ¿Cómo es posible esto?, en estos casos la Ley establece la expropiación.

Volviendo al Artículo 5.9 del PEPRICH, antes mencionado, la normativa es clara en este sentido, cuando dice:

7.- Será causa significativa de interés social para la expropiación por la administración competente de los bienes afectados por una declaración de interés cultural, el incumplimiento de las obligaciones de conservación y protección establecidas en este artículo, el peligro de destrucción o deterioro de los mismos,…

 10.- Las infracciones que se produzcan por incumplimiento de los deberes de conservación y protección del patrimonio, están sujetas a las sanciones establecidas en la vigente legislación de protección del patrimonio, sin perjuicios de las responsabilidades a las que pudiesen dar lugar.

11.- Cuando las obras de conservación de un inmueble rebasen los límites del deber de conservación a que se refiere la vigente legislación urbanística y de protección de aplicación, los propietarios podrán recabar para conservarlos la cooperación de las administraciones competentes, sin perjuicio del deber de ejecución de las obras que corresponde al propietario, quien deberá realizarlas a su costa en la parte imputable a su deber de conservación.

Lo peor es que los problemas de la Iglesia de San Agustín no son un caso aislado. Son varias las propiedades de la Iglesia Católica que están en mal estado de conservación, y todas ellas forman parte del patrimonio arquitectónico de Medina Sidonia. El Ayuntamiento tiene que asumir su responsabilidad y obligar a la Iglesia a cumplir con la Ley.

En ningún caso resulta admisible que la solución al problema pase por el derribo total del edificio según declaraciones del sacerdote David Gutiérrez, delegado de Patrimonio de la Diócesis,  diciendo «no descartamos la demolición de todo el conjunto», esto sería un nuevo incumplimiento de la Ley por parte de la Iglesia y el Ayuntamiento no puede seguir permitiendo más infracciones. El edificio de la Iglesia de San Agustín está incluido en el Catálogo de Bienes Protegidos con Nivel: A, por tanto y conforme a la legislación aplicable no es susceptible de derribo y deberá de ser conservado íntegramente, lo contrario sería la pérdida de un elemento más de nuestro patrimonio y un nuevo incumplimiento de la Ley.

Artículo 5.10.- Nivel A. Protección singular.

1.- Definición y ámbito de aplicación.

1.1.- El Nivel A, de protección singular, es el asignado a los edificios que deberán de ser conservados íntegramente por su carácter singular, monumental y por razones histórico-artísticas, preservando todas sus características arquitectónicas.

Ficha núm.14 CBPSe trata de edificios con categoría de B.I.C o asimilables a dicha categoría. Por tanto, son inmuebles que cuentan con expedientes específicos de declaración de B.I.C., incoados o declarados, o se encuentren incluidos en el Catálogo General del Patrimonio Histórico de Andalucía (C.G.P.H.A.), o desde las determinaciones del presente documento del Plan Especial se considere adecuada su asimilación a esta categoría de protección arquitectónica.

1.2.- Los edificios comprendidos en esta categoría, son los identificados con Nivel A, de protección singular, en los documentos del presente Plan Especial.

2.- Condiciones particulares de intervención.

2.1.- Los edificios comprendidos dentro del Nivel A, de protección singular, sólo podrán ser objeto de obras de conservación y mantenimiento o de restauración, de acuerdo con lo establecido en el Capítulo Cuarto de las presentes Normas.

B.O.P. DE CADIZ NUM. 87 – 10 de mayo de 2013

Medina Sidonia - copiaB.O.P. DE CADIZ NUM. 87

10 de mayo de 2013

Ayuntamiento de Medina Sidonia

ANUNCIO

 

El Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Medina Sidonia en su sesión celebrada el pasado día 21 de marzo de 2013 acordó someter a información pública durante 30 días el documento de Avance de Planeamiento del Término Municipal de Medina Sidonia, redactado en aplicación del Decreto 2/2012, de 10 de enero, de la Junta de Andalucía que regula el régimen de las edificaciones y asentamientos existentes en suelo no urbanizable en la Andalucía.

La finalidad del documento, que tiene carácter de Ordenanza Municipal, es la de delimitar asentamientos urbanísticos, ámbitos de hábitat rural diseminado y edificaciones aisladas existentes en suelo no urbanizable, dotándolos del correspondiente régimen jurídico a cada una de ellas.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 49 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, se somete dicho acuerdo a información pública durante 30 días hábiles, fijándose el anuncio en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento y contándose los mismos a partir del día siguiente al de la publicación del presente Anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.

En virtud de dicho trámite, los interesados podrán examinar el citado expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

En el supuesto de no presentarse reclamaciones o sugerencias en dicho plazo se entenderá definitivamente aprobado el citado Avance de Planeamiento.

En Medina Sidonia, a 25 de marzo de 2.013.

El Alcalde-Presidente. Fdo.: Manuel Fernando Macías Herrera.

Nº 23.175

B.O.J.A. Núm. 83 del 30 de abril 2013

Junta de Andalucía

 

Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente

 

 

Resolución de 16 de abril de 2013, de la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente en Cádiz, por la que se somete a Información Pública, para obtener la Autorización Ambiental Unificada, el proyecto que se cita, en los términos municipales de Benalup, Medina Sidonia y Los Barrios, provincia de Cádiz.

A fin de cumplimentar lo establecido en el art. 31 del Capítulo II del Título III de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, esta Delegación Territorial

HA RESUELTO

Someter a información pública para obtener la Autorización Ambiental Unificada el proyecto: «Ensanche y acondicionamiento de la carretera A-2226, de Benalup a la autovía A-381» (del p.k. 4,2 al p.k. 22,4), promovido por la Consejería de Fomento, Vivienda, Turismo y Comercio, en los términos municipales de Benalup, Medina Sidonia y Los Barrios, provincia de Cádiz. Expte. AAU/CA/003/12.

Ha de precisarse que se está tramitando la prevalencia para la descatalogación del monte público afectado por incompatibilidad de la actuación proyectada (art. 16.5 de la Ley de Montes).

El proyecto técnico y estudio de impacto ambiental estarán a disposición de los interesados, de 9,00 a 14,00 horas, de lunes a viernes, en la Delegación Territorial en Cádiz de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente, sita en la Plaza Asdrúbal, s/n, 3.ª planta, Edificio Junta de Andalucía, durante 30 días hábiles a partir del día siguiente de su publicación, plazo en el que los interesados podrán formular las alegaciones que estimen convenientes.

Cádiz, 16 de abril de 2013.- El Delegado, Federico Fernández Ruiz-Henestrosa.

00025893

La UE aprueba prohibir durante dos años los plaguicidas que amenazan a las abejas

Logo ANA 14,7KBNOTA DE PRENSA 29 de abril de 2013

ANA SE FELICITA Y DA LAS GRACIAS A TODOS LOS QUE HAN PARTICIPADO EN LOGRAR LA PROHIBICION…

 

La Comisión Europea ha conseguido este lunes el apoyo de una mayoría de países suficiente para prohibir durante dos años el uso de los tres neonicotinoides más frecuentes como plaguicidas en la siembra del girasol, la colza, el algodón y el maíz, por los riesgos que plantean para la salud de las abejas.

Un total de quince países han dado su visto bueno al veto de dos años, incluido España, en contra han votado ocho delegaciones, entre ellas Reino Unido, y se han abstenido cuatro países.

RPPPN 6La propuesta del comisario de Consumo y Protección al Consumidor, Tonio Borg, ha sumado los apoyos necesarios en una reunión del Comité de Apelación que forman expertos de los 27 en Bruselas, tras fracasar el pasado marzo en un primer intento sometido a los Estados miembros en otro comité.

La propuesta se basa en el principio de precaución a partir de un informe de la Agencia europea de seguridad alimentaria (EFSA, por sus siglas en inglés) que señala tres plaguicidas de la familia de los neonicotinoides comercializados en Europa por Bayer y Syngenta: clotianidina, tiametoxam e imidacloprid. Estos químicos pueden afectan al sistema nervioso de los insectos causándoles parálisis y hasta la muerte, pero no suponen un riesgo para la salud humana.

La medida podría afectar a un tercio de las semillas preparadas en la UE, España es uno de los principales productores, su entrada en vigor está prevista para el próximo 1 de julio.

Comunicado de prensa conjunto de los integrantes de la Red para la prohibición de los plaguicidas neurotóxicos:

RPPPN 1

La RPPPN se alegra del resultado de la votación para la prohibición parcial de los plaguicidas neonicotinoides

Las evidencias científicas instan a que pongan en marcha medidas más ambiciosas.

La Red para la Prohibición de los Plaguicidas Neurotóxicos, apoyada por más de 20 entidades, insta a la administración española que, ante las evidencias científicas al respecto, adopte medidas más ambiciosas a través de una prohibición total de estos y otros plaguicidas tóxicos para las abejas y demás polinizadores. Para ello aunque esta votación es un claro
avance, se mantiene el objetivo de la Red y el apoyo a la petición presentada por la Asociación Española de Apicultores al Congreso de los Diputados, con arreglo a lo que se dispone en el artículo 77.1 de la Constitución Española, para la prohibición de todos los plaguicidas neonicotinoides y fenilpirazoles en España.

Respecto a la petición, destacar que la Asociación Española de Apicultores ha cedido a la Red, la campaña de firmas online, por lo que es posible la firma de la petición online, estando la campaña en marcha.

La petición, aunque fue presentada el año pasado como han recogido algunos medios, el pasado mes de marzo, se tuvo noticia de que está en valoración, recibiéndose respuesta por parte del Congreso de los Diputados en carta remitida a la Asociación Española de Apicultores, indicando que la Comisión de Peticiones del Congreso de los Diputados, en sesión del pasado 19 marzo de 2013 ha trasladado la petición a la Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente para su estudio.

Destacamos que dicha petición también ha sido presentada en varias Comunidades Autónomas por distintas entidades, tal como se informa en el perfil de Facebook de la RPPPN, siendo posible la descarga de la petición en la página web de la Red, para su presentación por cualquier persona u organización que quiera apoyar por esta vía. Es vital la participación, pero también es clave la información que llega a los consumidores, como elemento fundamental para favorecer un consumo responsable y sostenible, para lograr un menor uso de todos los plaguicidas tóxicos para los polinizadores.

Organizaciones que apoyan esta Red:

RPPPN 4Apicultores Ecológicos Asociados, Asociación Española de Apicultores, Asociación Galega de Apicultura, Confederación en Defensa de la Abeja en la Cornisa Cantábrica, Ecologistas en acción, Federación de Asociaciones de Apicultores de Cantabria (FAAC), Greenpeace, SEO/Bird LIfe, S.O.S. Salvemos la RPPPN 3Perdiz Roja, WWF, ANA La Janda, Asociación Amigos de la Naturaleza, C.E.C.U. Confederación de Consumidores y Usuarios, Red de semillas de Cantabria, Partido da Terra, DEPANA, La Unió de Llauradors i Ramaders del Pais Valencià, Asociación Cántabra de Apicultores, Asociación en Defensa de las Abejas en el Principado de Asturias (ADAPAS), Territorios Vivos, Bee Garden, Sociedad Española de Agricultura Ecológica, Col·Lectiu D’Abellaires

Queremos que los caminos públicos sean de libre acceso

ANA SE UNE A LA PLATAFORMA CIUDADANA EN DEFENSA DE LOS CAMINOS PUBLICOS.

Camino

Desde la constitución de ANA hemos venido trabajando y hemos conseguido importantes logros, pero sabemos que aún queda mucho para conseguir nuestro objetivo de que todos los caminos públicos sean de libre acceso, por ello ahora llevamos a cabo nuevas acciones y nos hemos dirigido a varias administraciones públicas con el siguiente escrito. Camino 12

Los caminos, veredas, sendas y vías pecuarias, constituyen un patrimonio que nos pertenece a todos, contribuyen a la conexión de comarcas y pueblos, así como a garantizar el acceso a todas y cada una de las propiedades de los vecinos, son usados a diario por personas para llevar a cabo labores agrícolas, el libre tránsito y el simple disfrute de la naturaleza.

Estos bienes públicos, usados desde tiempo inmemorial por todos los vecinos de la Comarca de La Janda, han sido objeto de una voraz usurpación y abuso por parte de terratenientes, que cuentan con un gran poder e influencia.

Estas vías han sido el producto del esfuerzo de generaciones, máxime teniendo en cuenta los medios con los cuales se construyeron, y debemos proteger su legado para que sean utilizados por las próximas generaciones, nos sentimos con la obligación de garantizarles su uso y disfrute, como se ha venido haciendo desde mucho tiempo atrás.

Camino 22

Por todo ello pedimos:

• Se recuperen y abran todos los caminos públicos, asegurando su uso respetuoso para el libre tránsito de vehículos, personas y animales, tal y como recoge la Ley  3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias.

• Se deslinden, recuperen y amojonen todas las vías pecuarias.

• Se conserve y amplíe la red de senderos señalizados, incluyéndose los caminos y vías pecuarias que se vayan recuperando y abriendo.

• Se recuperen y respeten todos los cauces públicos, para el uso y disfrute de las personas como bien público, tal y como se recoge en la Ley de Aguas y el Reglamento del Dominio Público Hidráulico.

• De igual manera, exigimos a todas las administraciones titulares de caminos públicos y servidumbres públicas bien sean: Estado, Junta de Andalucía, Diputación de Cádiz y Ayuntamientos de La Janda, que elaboren los catálogos de caminos públicos, procedan a deslindarlos y, acto seguido inscribirlos en el Registro de la Propiedad según requiere el artículo 36.1 de la Ley 33/2003 del 3 de noviembre, elevando la decisión a las administraciones correspondientes e iniciando la inmediata recuperación de los mismos ocupados de forma ilegal.

• Igualmente apoyamos a cualquier cargo público electo, que luche en defensa de lo público, independientemente de la ideología política que tenga.

De esta manera podremos hacer valer legítimamente de forma legal lo que sabemos y sentimos, que estas vías son patrimonio de todos los vecinos de nuestros pueblos así como de las generaciones venideras.

Pongamos fin al saqueo de nuestros caminos públicos

Defendamos lo nuestro

B.O.P. DE CADIZ NUM. 62 – 4 de abril de 2013

Barbate

 

AYUNTAMIENTO DE BARBATE

ANUNCIO

 

El Pleno Corporativo, en sesión extraordinaria, celebrada el día 12 de marzo de 2.013, acordó aprobar provisionalmente (tercera), el documento de Revisión del Plan General de Ordenación Urbanística de este municipio. Dado el carácter sustancial de las modificaciones introducidas al documento, desde su última aprobación provisional (segunda), de fecha 26 de enero de 2012, en cumplimiento de las exigencias manifestadas en los informes sectoriales correspondientes, éste deberá someterse a un nuevo proceso de información pública por plazo de TREINTA DÍAS, a contar desde la última publicación del anuncio correspondiente en los medios señalados en los artículos 32 y 39.1 a) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

El documento se encuentra expuesto en la Casa Consistorial, sita en Plaza Inmaculada s/n de Barbate

Barbate a 15 de marzo de 2013. EL ALCALDE. Fdo: Rafael Quirós Cárdenas.

Nº 20.800

ANA, hace un llamamiento a los Alcaldes y Concejales

Logo ANA 17,8KB

Nota de Prensa

18 de marzo de 2013

ANA, hace un llamamiento a los Alcaldes y Concejales de los Ayuntamientos de La Janda.

Especialmente a los de Alcalá de los Gazules, Barbate, Benalup Casas Viejas, Medina Sidonia y Vejer de la Frontera, para que convoquen sesiones plenarias y aprueben:

La declaración de sus términos municipales como territorios libre de FRACKING. Compromisos de oposición municipal a la práctica del FRACKING. Dar traslado de estos acuerdos a representantes políticos y a todas las administraciones e instituciones públicas en solicitud de acuerdos semejantes. Y a solicitar del Gobierno y del Parlamento español la promulgación de una Ley que prohíba en España la extracción de gas mediante el método de fractura hidráulica.

NO fractura hidráulicaANA piensa que es importante que el Congreso de los Diputados prohíba por ley en España la extracción de gas mediante el método de fractura hidráulica debido a:

 

-Que el «fracking» o fractura hidráulica, es un método de extracción que perfora a varios cientos de metros de profundidad en vertical y después hace lo propio en horizontal, reventando la piedra mediante una inyección de agua con arena y una serie de aditivos químicos, que son los que incluyen el componente de riesgo de contaminación.

-Que esta técnica se ha utilizado ampliamente en Estados Unidos para extraer gas natural y se han documentado numerosas pruebas sobre las graves consecuencias que acarrea para los acuíferos, las cuencas de los ríos, la salud de los habitantes, las explotaciones agrícolas y ganaderas y la fauna y flora de los terrenos afectados.

-Que estas graves consecuencias han llevado a que esta práctica se haya prohibido ya en varios países como por ejemplo en Francia.

-Que no queremos que se gasten millones de litros de nuestra agua, ni asumir la contaminación y los desechos generados.

-Que no queremos que cientos de hectáreas de nuestro más preciado suelo se conviertan en pozos de extracción y depósitos.

-Que no queremos que se lleve a cabo una transformación y destrucción de nuestro paisaje.

-Que no queremos tener que sufrir una pérdida de biodiversidad, como consecuencia de pérdida de flora y muerte de animales.

-Que no queremos que se destruya nuestro medio ambiente, ni que se produzca contaminación atmosférica tóxica y tampoco fuga de gases de efecto invernadero.

-Que no queremos que nuestras casas, en una zona ya de por si vulnerable, sufran el más que probable riesgo de incremento de la actividad sísmica.

-Que no queremos que a nuestra costa se lucren organizaciones empresariales especuladoras y sin escrúpulos.

-Y especialmente a que no queremos que se ponga en riesgo nuestra salud con la liberación de residuos altamente tóxicos, muchos de ellos cancerígenos, otros muta-génicos y otros con efectos sobre la reproducción.

Por todo ello, ANA está haciendo también un llamamiento, a todos los socios, familiares y ciudadanía en general, a que se manifiesten en tal sentido haciendo llegar su oposición al fracking tanto a nuestros representantes políticos como a las administraciones e instituciones públicas porque por encima de todo está NUESTRA SALUD.

Declaración de territorios libre de FRACKING

Desde ANA, hacemos un llamamiento a los Alcaldes y Concejales de los Ayuntamientos de La Janda, especialmente a los de Alcalá de los Gazules, Barbate, Benalup Casas Viejas, Medina Sidonia y Vejer de la Frontera, para que convoquen sesiones plenarias y aprueben:

La declaración de sus términos municipales como territorios libre de FRACKING. Compromisos de oposición municipal a la práctica del FRACKING. Dar traslado de estos acuerdos a representantes políticos y a todas las administraciones e instituciones públicas en solicitud de acuerdos semejantes. Y a solicitar del Gobierno y del Parlamento español la promulgación de una Ley que prohíba en España la extracción de gas mediante el método de fractura hidráulica.

ANA, hoy 18 de marzo de 2013, ha firmado un escrito dirigido al Gobierno de España.

Hemos solicitado, que debido a las graves consecuencias medioambientales que acarrea el método de extracción conocido como fractura hidráulica, se inicien los trámites legislativos pertinentes para que se prohíba la utilización de esta técnica en cualquier explotación de nuestro país.

En dicho escrito hemos puesto de manifiesto que las consecuencias documentadas de este método de extracción incluyen:

– Contaminación de las aguas subterráneas

– Contaminación de tierras y aguas superficiales

– Contaminación del aire

– Pequeños terremotos

– Ruidos e impactos visuales

– Entre otros

Igualmente hemos dicho que pensamos que los beneficios sociales que produce la extracción del gas de pizarra no justifican el riesgo que supone para el Medio Ambiente que se utilice una técnica tan peligrosa.

Por todo ello hemos pedido que se prohíba el «fracking» como se ha hecho en Francia, para evitar el daño que puede causar el inicio de explotaciones de este tipo en varias zonas de España y entre ellas en la comarca de La Janda.

NO fractura hidráulicaANA piensa que es importante que el Congreso de los Diputados prohíba en España la extracción de gas mediante el método de fractura hidráulica debido a:

-Que el «fracking» o fractura hidráulica, es un método de extracción que perfora a varios cientos de metros de profundidad en vertical y después hace lo propio en horizontal, reventando la piedra mediante una inyección de agua con arena y una serie de aditivos químicos, que son los que incluyen el componente de riesgo de contaminación.

-Que esta técnica se ha utilizado ampliamente en Estados Unidos para extraer gas natural y se han documentado numerosas pruebas sobre las graves consecuencias que acarrea para los acuíferos, las cuencas de los ríos, la salud de los habitantes, las explotaciones agrícolas y ganaderas y la fauna y flora de los terrenos afectados.

-Que estas graves consecuencias han llevado a que esta práctica se haya prohibido ya en varios países como por ejemplo en Francia.

-Que no queremos que se gasten millones de litros de nuestra agua, ni asumir la contaminación y los desechos generados.

-Que no queremos que cientos de hectáreas de nuestro más preciado suelo se conviertan en pozos de extracción y depósitos.

-Que no queremos que se lleve a cabo una transformación y destrucción de nuestro paisaje.

-Que no queremos tener que sufrir una pérdida de biodiversidad, como consecuencia de pérdida de flora y muerte de animales.

-Que no queremos que se destruya nuestro medio ambiente, ni que se produzca contaminación atmosférica tóxica y tampoco fuga de gases de efecto invernadero.

-Que no queremos que nuestras casas, en una zona ya de por si vulnerable, sufran el más que probable riesgo de incremento de la actividad sísmica.

-Que no queremos que a nuestra costa se lucren organizaciones empresariales especuladoras y sin escrúpulos.

-Y especialmente a que no queremos que se ponga en riesgo nuestra salud con la liberación de residuos altamente tóxicos, muchos de ellos cancerígenos, otros muta-génicos y otros con efectos sobre la reproducción.

Por todo ello también hacemos un llamamiento a todos nuestros socios, simpatizantes, familiares y ciudadanía en general a que se manifiesten en tal sentido haciendo llegar su oposición al fracking tanto a nuestros representantes políticos como a administraciones e instituciones públicas porque por encima de todo está NUESTRA SALUD.